AUTOEVALUACION

domingo, 30 de noviembre de 2008 · 0 comentarios



Presentación

La Universidad Internacional del Ecuador, consciente de que el sistema educativo universitario debe rendir cuentas a la sociedad sobre la calidad de la educación superior, ha considerado someterse al proceso autónomo de evaluación y acreditación. Este proceso está de acuerdo con la Constitución Política del Estado, y de acuerdo con el artículo 90 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES) que establece que el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior, comprende los procesos de autoevaluación, evaluación externa y acreditación a los que la Universidad debe incorporarse obligatoriamente

Esta Universidad ha tomado como suyos los preceptos metodológicos del CONEA, adaptándolos a su cultura universitaria, y ha procedido a planificar la evaluación bajo las premisas de las grandes funciones que son: Docencia, Investigación, Administración y Vinculación con la Colectividad.

¿Qué es la Autoevaluación?
Es un proceso de análisis que nos permite potencializar lo positivo y disminuir lo negativo de nuestra universidad.

Este proceso involucra no únicamente a autoridades sino a docentes, estudiantes y administrativos.



Proceso de Autoevaluación

La Universidad Internacional del Ecuador (UIDE), preocupada por el desarrollo institucional y de toda la educación superior, así como la mejora continua en la calidad de sus procesos y la búsqueda de la excelencia académica, inició su proceso de autoevaluación con fines de acreditación desde hace aproximadamente un año, con la conformación y nombramiento de la COMISIÓN DE EVALUACIÓN INTERNA CON FINES DE ACREDITACIÓN DE LA UIDE.

La conformación de dicha Comisión se basa en el artículo 9 del estatuto de la Universidad, en el que se establece la atribución al Canciller o al Consejo Superior para crear Consejos o Comisiones de acuerdo con las necesidades académicas, administrativas o financieras, que serán regidas por el reglamento elaborado por el Consejo.

En el artículo 4 del Reglamento de la Comisión se define la conformación de la misma, que manifiesta: “La Comisión, por delegación expresa del Canciller, se conformará por un número impar de personas, con un mínimo de cinco. El Canciller elige a sus miembros, de entre los profesionales que pertenecen a la institución propiciando en todo momento la participación de representantes de empleados y estudiantes

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